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¿Por que actualizar su sistema CONTPAQi Contabilidad a versión 18?


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Generación del archivo para la DIOT 2024 y ejercicios anteriores

 

Beneficio

A partir de esta versión de CONTPAQi Contabilidad®, podrás generar el archivo de texto de la DIOT para el ejercicio 2024 y anteriores, con el formato requerido por la autoridad fiscal. Esta funcionalidad no solo acelerará la presentación de tu declaración, sino que también asegurará el cumplimiento oportuno y preciso de tus obligaciones fiscales.


Generar archivo de la DIOT 2024

 El procedimiento para generar el archivo requerido para la DIOT 2024 y ejercicios anteriores, sigue siendo el mismo que se utilizaba anteriormente. Sin embargo, ahora se muestra de forma predeterminada la versión 2.0 de la DIOT, que es la vigente y debe ser utilizada.


 Formato del archivo 

 El archivo debe ser generado en formato .txt, separado por el carácter pipe |.

 Debe estar codificado en UTF-8.

 No deben faltar ni sobrar | en ninguna línea.

 No debe haber espacios en blanco.

 Cada línea representa una declaración de un proveedor.


 Validaciones generales 

 Todos los datos obligatorios actualmente requeridos por el SAT están presentes y con el formato vigente.

 Si un campo no aplica, debe quedar vacío, pero se mantiene su separador correspondiente (el pipe | ).

 Los valores deben cumplir con el formato establecido según el tipo de dato.

 

 


Nueva estructura de la DIOT 2024


 Campos para las declaraciones del ejercicio 2024 y anteriores 

Ahora el número de campos disponibles para el llenado de la declaración es de 23, considerando los "Datos del tercero declarado" ya conocidos; así como el "IVA a Declarar por el tercero o proveedor", divido en el valor de los "Actos o actividades", que es donde registramos la base con la que se calculó el impuesto; aquí se incluyen las tasas utilizadas, ya sea16%, 16% Importaciones,11%, 8% Norte y 8% Sur, sin diferenciar si es tangible o intangible.

 

Seguido de cada base de impuestos, vienen los datos del "Monto del IVA pagado no acreditable" para cada tasa respectivamente y los "Actos o actividades a Tasa Exenta", ya sea "Nacionales" o de "Importaciones". Posteriormente tenemos los importes base de "Tasa 0%" y "No objeto del IVA", enseguida el "IVA por devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre adquisición de mercancías y gastos en general"que es donde acumulamos el importe del impuesto o IVA de las notas de crédito o CFDI de tipo egreso y finalmente el "IVA Retenido" de los actos o actividades en caso de haber tenido retenciones.


 

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