CONTPAQi® Nóminas Cancelación de recibos electrónicos
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CONTPAQi® Nóminas Cancelación de recibos electrónicos





A partir de la versión 14.3.2 de CONTPAQi® Nóminas (liberada el pasado 28 de abril del presente año), dentro del módulo de Cancelación de recibos electrónicos se inhabilitó temporalmente la Cancelación con relación (que corresponde al motivo 01), debido a que los servicios del SAT presentaron fallas que ocasionaban que los recibos no se lograran cancelar, provocando duplicidad de CFDI.

Para los comprobantes en los cuales la cancelación con motivo 01 fallaba, y se quedaban dos CFDI vigentes, el SAT sugirió la alternativa de cancelar los dos CFDI con motivo 02 y timbrar un tercer CFDI, con tipo de relación 04 y que tuviera relacionado el UUID del primer CFDI.


Puedes consultar aquí el videochat publicado por el SAT el pasado mes de marzo.


Cómo funciona la cancelación en CONTPAQi® Nóminas a partir de la versión 14.3.2 y versiones actuales:


En CONTPAQi® Nóminas está disponible la cancelación sin relación (motivo 02), y cuenta con la funcionalidad de que, al cancelar un CFDI A que tuvo error y posteriormente timbrar un nuevo CFDI B con la corrección, en este nuevo recibo se incluye el tipo de Relación 04 y el UUID del CFDI al que está sustituyendo, como se observa en la siguiente imagen:



De esta manera, el nuevo CFDI queda relacionado con el CFDI al cual sustituye.

¿Por qué razón aún no se habilita la Cancelación con relación (motivo 01) en CONTPAQi® Nóminas?


Hemos identificado que, en algunos escenarios, sobre todo en cancelaciones masivas, aún pueden estarse presentando intermitencias en los servicios, y para nosotros es de suma importancia prevenir que pueda llegar a generarse duplicidad de CFDI.

Ten en cuenta que, cuando requieres cancelar un CFDI A porque tuvo errores, al cancelar con motivo 01 es obligatorio que primero se timbre el nuevo CFDI B con la corrección; en ese momento ya tienes los dos CFDI vigentes, y en caso de que se presente alguna situación en los servicios que provoque que no sea posible cancelar el CFDI A, se quedan ambos CFDI vigentes, ocasionando que existan CFDI duplicados y afectando tus procesos.

Por esta razón, te sugerimos utilizar la cancelación con motivo 02.


Al utilizar la cancelación con motivo 02, se previene la duplicidad de CFDI, ya que primero se cancela el CFDI A, y una vez cancelado, puedes timbrar el nuevo CFDI B con la corrección.


Recuerda que es requerido que cuentes con CONTPAQi® Nóminas 14.3.2 o posterior, para que la cancelación con motivo 02 incluya en el nuevo CFDI timbrado el Tipo de Relación 04 y el UUID del CFDI al que está sustituyendo.


En este escenario se mantiene el soporte y la justificación documental de la sustitución de documentos, con base en lo mencionado en el penúltimo párrafo del artículo 29-A del CFF.

¿Cuándo se habilitará nuevamente la cancelación con relación en CONTPAQi® Nóminas?


Estaremos trabajando en pruebas y validación de cancelaciones masivas con motivo 01, para verificar que los servicios de cancelación del SAT estén funcionando de manera correcta, y poder habilitar nuevamente la cancelación con relación en próximas versiones del sistema.




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