Como te informamos el pasado 27 de enero, de acuerdo con el artículo 29-A fracción I y IV de CFF los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) deberán contener como requisito el nombre o razón social tanto del emisor como del receptor, los cuales podrás obtener de tu Constancia de Situación Fiscal sin incorporar el régimen de capital, por lo que si realizas CFDI con la versión 4.0 del Anexo 20 este será el nuevo criterio que considerar. Adicional a los ya conocidos Código Postal y Régimen Fiscal.
Por lo que las Personas Morales ya no deberán especificar en el CFDI el Régimen de Capital que se consideraba una parte del Nombre del Emisor o Receptor.
Ejemplo:
COMPUTACION EN ACCION SA DE CV
Para efectos del atributo Nombre del Emisor/Receptor del Anexo 20 versión 4.0, será:
COMPUTACION EN ACCION
IMPORTANTE: En algunos eventos se comentó que el criterio para personas morales, era conforme a la Cédula de Identificación Fiscal la cual incluye el régimen de capital, sin embargo, deberán utilizar la Constancia de Situación Fiscal.
Para el caso de personas físicas es posible utilizar una u otra.
A partir del sábado 5 de febrero a las 23 hrs TCM (Tiempo del Centro de México) será implementada la validación en el nombre del Emisor/Receptor para que se cumpla con este criterio. Esto no implica cambios en los sistemas CONTPAQi®
Contenido de Apoyo
A partir de la versión 4.0 del Anexo 20, el nombre, domicilio fiscal (código postal) y Régimen Fiscal, tanto del emisor como del receptor, se vuelven requeridos, es decir, obligatorios, y es importante que ambos se registren de acuerdo a la Lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT.
Consulta el material de apoyo, para que sepas como obtener estos datos, en el siguiente vínculo:
Es decir, aquellos contribuyentes que ya estén timbrando con la versión 4.0 del Anexo 20, deberán utilizar el nuevo criterio a partir del día y hora señalados, así como validar el código postal y Régimen Fiscal registrado ante la autoridad.
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